Complemento CFDI por pagos realizados. Lo que debes saber…

¿Cuál es la problemática?

  • Imposibilidad de saber si la factura ha sido pagada o no.
  • Cancelación indebida de facturas pagadas.
  • Duplicidad de ingresos en facturación de parcialidades.
  • Emisión de CFDI en operaciones a crédito o pago diferido en las que el receptor no realiza el pago pero sí la utiliza para deducir y acreditar impuestos.

¿Por qué los complementos de Pago?

2.7.1.32 Cumplimiento de requisitos en la expedición de CFDI…

“Los contribuyentes podrán señalar en los apartados designados… la información con la que cuenten al momento de expedir los comprobantes respectivos. Por lo que respecta a la fracción III de esta regla (método de pago), cuando el pago no se realice en una sola exhibición, esta facilidad (la de poner el NA), estará condicionada a que una vez que se reciba el pago o pagos se deberá emitir por cada uno de ellos un CFDI al que se incorporará el “Complemento para pagos” a que se refiere la regla  2.7.1.35”.

2.7.1.35 Expedición de CFDI por pagos realizados…

“Para los efectos de los artículos 29, párrafos primero, segundo, fracción VI y último párrafo, y 29-A, primer párrafo, fracción VII, inciso b) del CFF, cuando las contraprestaciones no se paguen en una sola exhibición, se emitirá un CFDI por el valor total de la operación en el momento en que ésta se realice y posteriormente se expedirá un CFDI por cada uno de los pagos que se efectúen, en el que se deberá señalar “cero pesos” en el monto total de la operación y como “método de pago” la expresión “pago” debiendo incorporar al mismo el “Complemento para pagos”.

Complemento de pagos

Cancelación de CFDI (Regla 2.7.1.35 Cuarto párrafo)

“Cuando ya se cuente con al menos un CFDI que incorpore el “Complemento para pagos” que acrediten que la contraprestación ha sido total o parcialmente pagada, el CFDI emitido por el total de la operación no podrá ser objeto de cancelación, las correcciones deberán realizarse mediante la emisión de CFDI de egresos por devoluciones, descuentos y bonificaciones”.

www.impuestum.com

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